Sábado 17 de Febrero 2024
BONO INVIERNO

Fechas para el pago del Bono invierno: el Gobierno de Chile prepara el anuncio oficial

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Bono Invierno. Fuente: (Google).
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El Gobierno continúa con la implementación de medidas con el fin de contrarrestar los efectos de la inflación en nuestro país. En este marco, se anunció el Bono Invierno, que entregará $120 mil a los sectores más vulnerables de la sociedad. ¿Cuándo sería la fecha de pago?

El beneficio ya es Ley de la República tras ser publicado en el Diario Oficial. Ahora, los receptores del Bono Invierno deben esperar a que las autoridades entreguen el dinero a los hogares que cumplan con los requisitos exigidos. Esto es algo a lo que todos están atentos, ya que no había información concreta al respecto.

Fuente: (Google).

En relación a la información que trascendió, se espera que los pagos se entreguen a mediados de agosto, en una fecha específica que dentro de los próximos días será dada a conocer por el Gobierno de Chile. Cabe resaltar que el pago se dará de forma automática a los beneficiarios, sin necesidad de postulación.

Se espera que los pagos se entreguen a mediados de agosto.

Fuente: (Google).

¿Quiénes cobran el Bono Invierno?

El Bono Invierno esta dirigido a las siguientes personas o familias:

  • Causantes del Subsidio Único Familiar, de la Asignación Familiar y de la Asignación Maternal al 31 de diciembre de 2021.
  • Pensionados beneficiarios del Bono Invierno al 31 de mayo de 2022.
  • Personas beneficiarias del Aporte Previsional Solidario de Invalidez y Pensión Básica Solidaria de Invalidez al 30 de junio de 2022 y que perciban el aporte en el mes de julio de 2022.
  • Personas beneficiarias del Subsidio de Discapacidad (ley N° 20.255, art 35) al 30 de junio de 2022 y que recibieron el aporte en julio de 2022.
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El Bono Invierno también contemplará a  los hogares que pertenezcan al 60% más vulnerable del RSH, que no hayan sido considerados en los puntos anteriores. Sin embargo, deben cumplir con estos requisitos:

  • Ser usuarios del Subsistema Seguridades y Oportunidades.
  • Estar integrados por personas con discapacidad acreditada.
  • Estar integrados por personas sujetas de cuidado del Programa de Pago de personas con discapacidad del Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
  • Tengan personas con dependencia moderada o severa.
  • Cuenten con miembros que sean estudiantes de Educación Especial o con necesidades especiales permanentes de Programas de Integración Escolar de establecimientos reconocidos por el Mineduc.
  • Tengan personas mayores de 60 años.
  • Cuenten con integrantes menores de 18 años.