Sábado 24 de Febrero 2024
PENSIÓN GARANTIZADA UNIVERSAL

Pensión Garantizada Universal: nuevos beneficiarios

¿Cuáles son los nuevos grupos que podrán acceder al beneficio?

Pensión Garantizada Universal. Fuente: (Google).
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El proyecto de la Pensión Garantizada Universal está muy bien encaminada en el Congreso, por lo que todo indica que pronto podría aprobarse. En caso de obtener el "sí", quienes cuenten con los requisitos necesarios para acceder a este beneficio podrán obtener $185.000. Pero, ¿qué pasó con los beneficiarios?

Las autoridades legislativas informaron que en esta etapa de tratamiento, decidieron ampliar los beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal. En ese sentido, el ministro de Trabajo y Previsión Social, Patricio Melero, detalló que son dos los grupos que fueron incluidos en el universo de beneficiarios de este proyecto.

Fuente: (Google).

Grupos agregados

El primer grupo que añadieron a este beneficio son los que reciben una Pensión de Invalidez: "Esa es una cantidad bien grande de chilenos que tienen la pensión, pero reciben además el aporte del Estado a través del Pilar Solidario. Ese grupo antes estaba hasta el 60% de la población de menos recursos y ayer aprobamos una indicación que presentó el Gobierno, que la amplía al 80%", indicó el ministro.

Fuente: (Google).

Por otro lado, se encuentran  los menores de 18 años que tienen discapacidad física severa, pues solo quienes tienen una discapacidad intelectual reciben un monto de subsidio. "Actualmente, reciben una pensión de ayuda del Estado de $77 mil, pero estaba restringido al 20% del nivel de pobreza. Esto lo aumentamos y lo llevamos a un 60%", explicó respecto a este nuevo grupo de beneficiarios que agregarán para la Pensión Garantizada Universal.

Fuente: (Página web del Gobierno de Chile).

Requisitos

Según reza el proyecto, solo podrán acceder a la Pensión Garantizada Universal todos aquellos que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Haber cumplido 65 años de edad.
  • No integrar un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población entre 65 o más años de Chile.
  • Acreditar residencia en Chile por un lapso no inferior a veinte años continuos o discontinuos, contados desde que el pensionado haya cumplido 20 años de edad.
  • Contar con una pensión base inferior a la pensión superior (un millón de pesos).